Artículo 33. Colaboración con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-12-21.
Texto consolidado
En el marco de colaboración previsto en el artículo 153 de la Ley 13/2022, de 7 de julio y, con el fin de dar efectivo cumplimiento al ejercicio de las funciones encomendadas a ambas autoridades audiovisuales en el ámbito del presente real decreto, se formalizará un convenio entre el Ministerio de Transformación Digital y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
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- Ver la norma completa: Real Decreto 1138/2023, de 19 de diciembre, por el que se regulan el Registro estatal de prestadores del servicio de comunicación audiovisual, de prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma y de prestadores del servicio de agregación de servicios de comunicación audiovisual y el procedimiento de comunicación previa de inicio de actividad.