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Ley Vigente

Artículo 33. Fomento del asociacionismo.

Artículo 33 de la Ley 4/2006, de 23 de junio, de Asociaciones de Andalucía. · BOE-A-2006-14195

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-08-03.

Texto consolidado

1. Las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía promoverán el asociacionismo e impulsarán el desarrollo de las asociaciones que persigan fines de interés general, así como la unión de asociaciones, y de las federaciones y confederaciones, respetando su libertad y autonomía frente a los poderes públicos.

Asimismo, las administraciones públicas promoverán acciones positivas para eliminar los obstáculos que impidan la presencia y participación paritaria de mujeres y hombres en todos los ámbitos y espacios asociativos.

2. El fomento del asociacionismo se realizará mediante el establecimiento de mecanismos de asistencia, servicios de información, formación y asesoramiento y campañas de divulgación y reconocimiento de las actividades de las asociaciones que persigan fines de interés general.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-08-03.

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