Artículo 32. Publicidad y control.
Artículo 32 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de funcionamiento y régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-2005-10458
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-04-30.
Texto consolidado
1. Las leyes y los reglamentos entrarán en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial de La Rioja», salvo que en ellos se establezca otro plazo distinto.
2. Contra las disposiciones reglamentarias, sea cual fuere el órgano del que emanen, no procede ningún recurso administrativo, siendo susceptibles de recurso contencioso-administrativo de acuerdo con la legislación procesal aplicable.#a6-3
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 2/2026, de 28 de abril, de simplificación administrativa, mercado abierto y calidad normativa..