Artículo 32. Contenido de los Estatutos.
Artículo 32 de la Ley 2/1998, de 13 de marzo, de Ordenación de Emergencias, en las Illes Balears. · BOE-A-1998-10998
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-03-22.
Texto consolidado
Los Estatutos de cada organización determinarán, respetando los principios y reglas contenidos en esta Ley y los Reglamentos que la desarrollarán, los derechos y deberes de los voluntarios respecto de la organización y asegurarán, en todo caso, su funcionamiento democrático dentro de una estructura jerarquizada.