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Ley Vigente

Artículo 31. Pérdida de la nacionalidad.

Artículo 31 de la Ley 5/2001, de 5 de diciembre, de personal estatutario del Servicio Murciano de Salud. · BORM-s-2001-90010

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-12-22.

Texto consolidado

Será causa de extinción de la condición de personal estatutario fijo, la pérdida de la nacionalidad española, o en su caso, de cualquiera de los requisitos de nacionalidad que hubieran habilitado para el acceso a dicha condición, en los términos que establezca la normativa básica estatal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-12-22.

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