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Real Decreto Vigente

Artículo 30. Separación de aficiones de equipos contendientes.

Artículo 30 del Real Decreto 203/2010, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte. · BOE-A-2010-3904

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-01.

Texto consolidado

1. El club o sociedad anónima deportiva organizadora de los encuentros correspondientes a competiciones de categoría profesional, establecerá un sistema que permita dirigir y acomodar a los componentes de aficiones de los equipos contendientes, situándolos en los espacios dispuestos al efecto, a fin de que estén separadas.

2. En los encuentros de otro nivel, los organizadores deberán también adoptar las medidas necesarias para separar adecuadamente en los recintos a los grupos de seguidores que pudieran originar enfrentamientos violentos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-07-01.

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