El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 30. Donaciones y legados.

Artículo 30 de la Ley 7/2021, de 17 de febrero, de museos y otros centros museísticos de Galicia. · BOE-A-2021-5138

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-17.

Texto consolidado

1. La consejería con competencias en materia de centros museísticos pondrá en marcha un plan para fomentar, en favor de la Comunidad Autónoma, donaciones y legados artísticos y culturales que sean de interés para preservar la identidad de Galicia.

2. La Administración autonómica podrá aceptar, previo informe favorable del Consejo Superior de Valoraciones de Bienes Culturales de Interés para Galicia, con destino a los centros museísticos de su titularidad o gestión, donaciones o legados de bienes culturales. A estos efectos se tendrá en cuenta lo previsto por la Ley 5/2011, de 30 de septiembre, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-03-17.

Más artículos de Ley 7/2021

En El Vínculo puedes leer Ley 7/2021 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.