Artículo 30. Régimen jurídico.
Artículo 30 de la Ley 11/2001, de 18 de septiembre, de Colegios Profesionales de la Comunidad Autónoma de Galicia. · BOE-A-2001-19609
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-10-18.
Texto consolidado
Los colegios profesionales y los consejos gallegos de colegios profesionales, en cuanto corporaciones de derecho público, están sujetos al derecho administrativo en lo relativo a la constitución de sus órganos y en cuanto ejerciten funciones administrativas.