Artículo 30. Las empresas públicas y las sociedades mercantiles autonómicas gestoras de I+D+i.
Artículo 30 de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la ciencia, la tecnología y la innovación de Extremadura. · BOE-A-2010-19047
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-20.
Texto consolidado
Las empresas públicas y las sociedades mercantiles autonómicas gestoras de I+D+i, pueden tener como objeto social apoyar a la Junta de Extremadura en el cumplimiento de las políticas que ésta genere con el fin de impulsar la investigación, el desarrollo científico tecnológico y la innovación mediante la ejecución de aquellas actuaciones encomendadas por la Junta de Extremadura en el ámbito de la I+D+i, por lo que serán considerados agentes del SECTI.
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- Ver la norma completa: Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la ciencia, la tecnología y la innovación de Extremadura.