Artículo 31. Las empresas de base tecnológica (EBT) y las empresas incubadas.
Artículo 31 de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la ciencia, la tecnología y la innovación de Extremadura. · BOE-A-2010-19047
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-20.
Texto consolidado
Las empresas de base tecnológica (EBT) y las empresas creadas por empleados en el seno de sus organizaciones que les sirven de incubadora, especialmente las surgidas desde las universidades o los centros de I+D+i desempeñan un papel importante como herramientas de emprendimiento y regeneración del tejido industrial, contribuyendo a la creación de empleo de calidad y a la generación de un alto valor añadido en la economía regional. Por todo ello, serán consideradas como agentes del SECTI.