Artículo 3.
Artículo 3 del Real Decreto 1018/1980, de 19 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Médica Colegial y del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos. · BOE-A-1980-10861
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-05-29.
Texto consolidado
El Consejo General de Colegios de Médicos de España estará integrado por la Asamblea General, el Pleno y la Comisión Permanente.