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Orden Vigente

Artículo 3. Particularidades aplicables a los sistemas informáticos «VERI*FACTU».

Artículo 3 de la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, por la que se desarrollan las especificaciones técnicas, funcionales y de contenido referidas en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre; y en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre. · BOE-A-2024-22138

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-10-29.

Texto consolidado

De acuerdo con lo previsto en el artículo 16.2 del Reglamento, se presumirá que los sistemas informáticos que tengan la consideración de «Sistemas de emisión de facturas verificables» o «VERI*FACTU», cumplen por diseño ciertos requisitos y características que recogen el resto de secciones del capítulo II de esta orden y, en tanto actúen como «VERI*FACTU», no les serán de aplicación los artículos 6.b), 6.c), 6.d), 6.e), 6.f), 7.f), 7.h), 7.i), 7.j), 8 y 9 de esta orden.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-10-29.

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