Artículo 3. Relación con la Administración General del Estado.
Artículo 3 de la Orden APM/111/2018, de 25 de enero, por la que se aprueban los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida "Cava". · BOE-A-2018-1853
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-02-11.
Texto consolidado
El Consejo Regulador de la DOP «Cava» se relacionará con la Administración General del Estado a los efectos de la Ley 6/2015 a través del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente o del Ministerio que en el futuro tenga atribuidas las competencias en materia de Denominaciones de Origen Protegidas de ámbito territorial suprautonómico.