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Ley Vigente

Artículo 3. Definiciones.

Artículo 3 de la Ley 7/2023, de 23 de febrero, de medidas para la implantación y desarrollo en Aragón de tecnologías en la nube (tecnologías cloud). · BOE-A-2023-7736

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-14.

Texto consolidado

A los efectos de esta ley se entiende por:

a) API, interfaz de programación de aplicación por sus siglas en inglés (Application Programming Interface): es un conjunto de definiciones y protocolos que se utiliza para desarrollar e integrar el software de las aplicaciones, permitiendo la comunicación entre dos aplicaciones de software a través de un conjunto de reglas.

b) Cloud o nube pública: infraestructura propiedad de un proveedor de servicios de tecnologías en la nube, que la administra y ofrece a través de Internet.

c) Cloud o nube privada: recursos informáticos que utiliza exclusivamente un ente privado o público y que pueden estar ubicados físicamente en su propio centro de datos u hospedados por un proveedor de servicios externo.

d) Cloud o nube híbrida: modelo que combina infraestructura local (o cloud privada) con cloud pública.

e) Entorno de pruebas seguro, sandbox: es un entorno de pruebas controlado, diseñado para experimentar de forma segura con tecnologías innovadoras o disruptivas, como son las tecnologías cloud.

f) Etiquetado o tagging: cada recurso utilizado en las tecnologías cloud puede ser asociado a una etiqueta en la que se indica cualquier propiedad o característica del recurso etiquetado.

g) Infraestructura como código (IaC): se refiere a la práctica para configurar la infraestructura de computación mediante códigos informáticos o lenguajes de programación específicos, en lugar de configurar las infraestructuras informáticas de forma manual e individualizada.

h) Fog computing o computación en la niebla: se refiere a una arquitectura informática descentralizada donde los datos, las comunicaciones, el almacenamiento y las aplicaciones se distribuyen entre la fuente de datos y la nube.

i) Modelo cloud: se refiere al tipo de tecnología cloud que se puede adoptar en un momento dado, pudiendo ser el modelo cloud privada, modelo cloud pública o modelo cloud híbrida.

j) Política cloud: se refiere al documento que marca la estrategia a seguir por una organización para la adopción de las tecnologías en la nube y que abarca distintos ámbitos con el objetivo de asegurar la confidencialidad, la integridad, la disponibilidad de los servicios y los datos que usan las tecnologías en la nube.

k) Política del dato: se refiere a los procesos relacionados con la información, ejecutados según unos modelos previamente establecidos.

l) Servicio de integración de tecnologías cloud: servicio profesional ofrecido por una consultoría o empresa integradora de apoyo para la implantación de servicios en infraestructuras de un proveedor de tecnologías cloud.

m) Servicios de tecnologías cloud o servicios cloud: servicios en los que se ofertan infraestructuras en la nube pública por parte de un proveedor de tecnologías cloud.

n) Soberanía de software: se refiere a la capacidad de ejecutar las cargas de trabajo sin depender del software de un proveedor.

ñ) Soberanía digital: se refiere a la capacidad de tener el control sobre el propio destino digital.

o) Soluciones cloud: se refiere a la solución tecnológica que se construye de manera preferente o de manera única con elementos disponibles en las distintas tecnologías en la nube.

p) Tecnologías cloud, tecnologías en la nube o cloud computing: es un modelo para permitir el acceso adecuado y bajo demanda a un conjunto de recursos de cómputo configurables tales como redes, servidores, almacenamiento, aplicaciones y servicios, que pueden ser rápidamente provistos y puestos a disposición del demandante con un mínimo esfuerzo de gestión y de interacción con el proveedor del servicio.

q) Zona de aterrizaje, landing zone: es un mecanismo de gobierno de un entorno de nube pública que permite, mediante entornos multicuenta y segregación de funciones, extrapolar a la nube un entorno con una serie de características concretas para el uso común, como sistemas de redes, identidad, gobernanza, barreras y perímetros de seguridad utilizados en los entornos tradicionales, añadiendo una capa adicional de seguridad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-14.

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