Artículo 3. Adecuación de los puestos de trabajo.
Artículo 3 de la Ley 12/2001, de 29 de noviembre, de Acceso de las Personas con Discapacidad a la Función Pública de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2002-2517
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-03.
Texto consolidado
En las solicitudes de adjudicación de primer destino y en las de participación en procedimientos de provisión de puestos de trabajo, los empleados públicos con alguna discapacidad podrán pedir la adaptación del puesto o puestos de trabajo solicitados; A la solicitud deberán acompañar un informe expedido por el órgano competente en esta materia que acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuido el puesto o puestos solicitados. La Administración resolverá teniendo en cuenta las consecuencias que para el contexto de la organización puedan derivarse de dicha adaptación.