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Ley Vigente

Artículo 29. Datos registrales.

Artículo 29 de la Ley 2/2005, de 11 de marzo, de Academias de la Región de Murcia. · BOE-A-2006-8720

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-04-22.

Texto consolidado

En el Registro de Academias de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se inscribirán:

a) Los actos de creación, fusión, segregación y extinción de las academias de la Región de Murcia.

b) Los estatutos de las academias y sus modificaciones.

c) Los reglamentos de régimen interior de las academias y sus modificaciones.

d) Los domicilios sociales de las academias y sus cambios.

e) El nombre de las personas que integran los órganos de gobierno de las academias y el de los académicos de número.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-04-22.

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