Artículo 29. Presupuesto y medios.
Artículo 29 del Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades. · BOJA-b-2013-90010
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-01-12.
Texto consolidado
1. El Consejo Social elaborará su propio presupuesto, que figurará en capítulo aparte dentro de los presupuestos generales de la Universidad.
2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.4 de la Ley Orgánica de Universidades, el Consejo Social dispondrá de una organización de apoyo técnico y de recursos suficientes, para el adecuado cumplimiento de sus funciones.