El Vínculo El Vínculo.
Decreto Legislativo Vigente

Artículo 281. Ejecución directa de obras por los entes locales.

Artículo 281 del Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña. · DOGC-f-2003-90008

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-05-21.

Texto consolidado

Los entes locales pueden ejecutar directamente por administración las obras en que concurre alguna de las circunstancias establecidas por la legislación de contratos del Estado y de la Generalidad, sin perjuicio de las limitaciones fijadas por reglamento, atendiendo a las características del ente y de las obras a ejecutar.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-05-21.

Más artículos de Decreto Legislativo 2/2003

En El Vínculo puedes leer Decreto Legislativo 2/2003 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.