El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 28. Forma, contenido y notificación del laudo.

Artículo 28 del Real Decreto 1417/2006, de 1 de diciembre, por el que se establece el sistema arbitral para la resolución de quejas y reclamaciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad por razón de discapacidad. · BOE-A-2006-21819

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-14.

Texto consolidado

1. En lo relativo a la forma y contenido de los laudos será de aplicación lo dispuesto en la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, teniendo en cuenta que no podrán ser objeto de recurso de alzada o potestativo de reposición y se someterán también a las previsiones de dicha Ley en cuanto a su anulación y ejecución y demás intervenciones judiciales de apoyo y control del arbitraje.

2. El secretario de la junta arbitral es responsable de la notificación del laudo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-12-14.

Más artículos de Real Decreto 1417/2006

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1417/2006 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.