Artículo 28. Formación en el uso de los medios electrónicos.
Artículo 28 de la Ley 29/2010, de 3 de agosto, del uso de los medios electrónicos en el sector público de Cataluña. · BOE-A-2010-13843
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-08-26.
Texto consolidado
Las entidades y los organismos a que se refiere el artículo 2 deben promover la formación del personal a su servicio en el uso de los medios electrónicos.
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