Artículo 27.
Artículo 27 de la Ley 8/1993, de 19 de octubre, de Creación del Consejo Consultivo de Andalucía. · BOE-A-1993-27920
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-11-19.
Texto consolidado
En todo lo no previsto en esta Ley, el funcionamiento del Consejo Consultivo se regirá por las normas que regulan el procedimiento administrativo en la Comunidad Autónoma de Andalucía.