El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 27.

Artículo 27 de la Ley 8/1986, de 26 de noviembre, Electoral de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. · BOE-A-1987-2903

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-12-21.

Texto consolidado

Los representantes de las candidaturas podrán nombrar, con el alcance y en los términos previstos en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, Apoderados e Interventores para representar las candidaturas en los actos y operaciones electorales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-12-21.

Más artículos de Ley 8/1986

En El Vínculo puedes leer Ley 8/1986 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.