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Ley Vigente

Artículo 27. Formas de participación.

Artículo 27 de la Ley 2/1998, de 13 de marzo, de Ordenación de Emergencias, en las Illes Balears. · BOE-A-1998-10998

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-03-22.

Texto consolidado

1. El Gobierno de la Comunidad Autónoma, por vía reglamentaria, regulará las formas de participación y colaboración de sus diversos departamentos y órganos dependientes en la actividad de los centros de gestión de emergencias.

2. La Consejería competente en materia de Interior promoverá la suscripción de Convenios con las Administraciones y entidades que dispongan de servicios y recursos de interés para la respuesta a las emergencias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-03-22.

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