Artículo 27. Régimen de contratación.
Artículo 27 de la Ley 1/2009, de 12 de febrero, de la Autoridad Catalana de la Competencia. · BOE-A-2009-5084
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-02-19.
Texto consolidado
1. La contratación de la Autoridad Catalana de la Competencia se rige por la normativa vigente en materia de contratos del sector público.
2. El órgano de contratación de la Autoridad Catalana de la Competencia es el presidente o presidenta de dicho organismo.