Artículo 27. Servicios de transporte público regular de viajeros por carretera.
Artículo 27 del Decreto-ley 7/2020, de 19 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece el régimen jurídico de alerta sanitaria para el control de la pandemia COVID-19 en Aragón. · BOA-d-2020-90411
Atención: Decreto-ley 7/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los servicios de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera de titularidad autonómica serán prestados de conformidad con lo establecido en la Orden VMV/472/2020, de 18 de junio, por la que se adoptan diversas medidas en la nueva normalidad en el ámbito de los servicios de transporte público regular de viajeros por carretera en la Comunidad Autónoma de Aragón.
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