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Ley Vigente

Artículo 26. Grupos políticos municipales.

Artículo 26 de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias. · BOE-A-2015-4620

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-14.

Texto consolidado

Con la finalidad de desarrollar adecuadamente sus funciones, los Concejales electos se constituirán en grupos políticos municipales. Quienes no se integren en un grupo político tendrán la condición legal de no adscritos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-06-14.

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