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Ley Vigente

Artículo 26. El Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura.

Artículo 26 de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la ciencia, la tecnología y la innovación de Extremadura. · BOE-A-2010-19047

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-20.

Texto consolidado

El Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura, creado mediante la presente Ley, se presenta como agente fundamental del SECTI, justificándose tal carácter en la naturaleza de sus fines y objetivos, así como por la capacidad productiva y de interrelación con los distintos Agentes del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-11-20.

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