Artículo 25. El Servicio Extremeño de Salud.
Artículo 25 de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la ciencia, la tecnología y la innovación de Extremadura. · BOE-A-2010-19047
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-20.
Texto consolidado
La Ley 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extremadura recoge la importancia de la investigación en la estructura asistencial del Sistema Sanitario Público, disponiendo los medios estructurales necesarios para favorecer y fomentar estas actividades, por lo que el Servicio Extremeño de Salud como organismo autónomo de carácter administrativo adscrito a la Consejería competente en materia sanitaria, será considerado un agente del SECTI.