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Orden Vigente

Artículo 25. Becas en materia de gestión documental y archivos.

Artículo 25 de la Orden APA/511/2019, de 26 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación práctica para titulados universitarios, en distintas materias del ámbito del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y sus Organismos Autónomos. · BOE-A-2019-6807

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-12-01.

Texto consolidado

1. Las áreas de conocimiento de estas becas son archivística y fuentes documentales para la historia de la agricultura, la ganadería y la pesca en España.

2. El programa de formación, cuya duración se determinará en cada convocatoria, se referirá a la adquisición de conocimientos sobre las siguientes actividades:

a) El archivo: etapas, funciones y tipos.

b) La identificación de series documentales y funciones.

c) La valoración documental.

d) La descripción archivística normalizada.

e) La gestión de documentos electrónicos.

f) La Administración Española de los Archivos.

3. Son requisitos específicos de los beneficiarios, además de los establecidos en el artículo 4, conocimientos específicos relacionados con alguna de las áreas de conocimiento.

4. El órgano competente para la instrucción del procedimiento será la División de Estudios y Publicaciones de la Secretaría General Técnica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-12-01.

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