El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 25. Regulación de vacunaciones y tratamientos voluntarios.

Artículo 25 de la Ley 7/2002, de 18 de octubre, de Sanidad Animal de la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-2002-21675

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-11-01.

Texto consolidado

1. Los veterinarios responsables de explotación podrán establecer planes de vacunación y tratamiento voluntarios, quedando obligados en todo caso a realizar la correspondiente comunicación sobre las actuaciones practicadas ante la Consejería con competencias en materia de Ganadería en la forma y tiempo que en cada caso se establezca.

2. Para la realización de las actividades reguladas en el apartado anterior, en las enfermedades que así se determine, será necesaria la autorización previa de la Consejería con competencias en materia de ganadería.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-11-01.

Más artículos de Ley 7/2002

En El Vínculo puedes leer Ley 7/2002 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.