Artículo 25. Pesca de salmónidos en aguas interiores.
Artículo 25 de la Ley 6/2002, de 18 de junio, sobre protección de los ecosistemas acuáticos y de regulación de la pesca en aguas continentales. · BOE-A-2002-15998
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-10-01.
Texto consolidado
Está prohibida la pesca de salmónidos más allá del límite del río en su confluencia con la mar, así como en las aguas interiores.