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Ley Vigente

Artículo 25. Red de Espacios Naturales Protegidos de Cantabria.

Artículo 25 de la Ley 4/2006, de 19 de mayo, de Conservación de la Naturaleza de Cantabria. · BOE-A-2006-14083

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-06-02.

Texto consolidado

1. La Red de Espacios Naturales Protegidos de Cantabria está integrada por todos los Espacios Naturales Protegidos que hayan sido declarados con anterioridad a esta Ley en la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como por los que en el futuro sean clasificados en alguna de las categorías jurídicas de protección de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley.

2. El objetivo de la creación de la Red de Espacios Naturales Protegidos de Cantabria es configurar un conjunto suficiente y coherente de sistemas naturales regionales interconectados, que aseguren el mantenimiento y conservación de los recursos naturales y la biodiversidad del territorio regional.

3. Las directrices comunes para la planificación y gestión de usos y actividades en todos los espacios naturales que formen parte de la Red se contendrán en el Programa Director de Conservación de la Naturaleza.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-06-02.

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