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Real Decreto Derogada

Artículo 24. Asignación de recursos en el sistema Villaviciosa.

Artículo 24 del Real Decreto 399/2013, de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental. · BOE-A-2013-6077

Atención: Real Decreto 399/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Se asigna a Villaviciosa para atender las demandas 2,30 hm3/año de los recursos superficiales, los recursos de la masa de agua subterránea Villaviciosa y del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA que actualmente utiliza.

2. Se asigna a Colunga para atender las demandas 0,83 hm3/año de los recursos superficiales y los recursos de las masas de agua subterránea Villaviciosa y Llanes-Ribadesella que actualmente utiliza.

3. A los municipios de Caravia y Cabranes, para atender las demandas se asignan 0,33 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos subterráneos que utilizan actualmente.

4. Para atender las demandas agrarias se asignan 0,39 hm3/año, de los recursos disponibles del sistema.

5. Para atender las demandas industriales, se asignan 1,01 hm3/año procedentes de recursos subterráneos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-06-09.

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