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Real Decreto Derogada

Artículo 23. Asignación de recursos en el sistema Nalón.

Artículo 23 del Real Decreto 399/2013, de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental. · BOE-A-2013-6077

Atención: Real Decreto 399/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Río Narcea.

1. Se asigna a Cangas del Narcea para atender las demandas 2,61 hm3/año de los recursos superficiales (Arroyo Yema, Río Coto) y recursos de la masa de agua subterránea Eo-Navia-Narcea que actualmente utiliza.

2. Se asigna a Allande para atender las demandas 0,22 hm3/año de los recursos superficiales y recursos de la masa de agua subterránea Eo-Navia-Narcea que actualmente utiliza.

3. Se asigna a Tineo para atender las demandas 1,07 hm3/año de los recursos superficiales y recursos de la masa de agua subterránea Eo-Navia-Narcea que actualmente utiliza.

4. Se asigna a Salas para atender las demandas 1,11 hm3/año de los recursos superficiales y recursos de las masas de agua subterránea Eo-Navia-Narcea y Somiedo-Trubia-Pravia que actualmente utiliza.

5. A los municipios de Somiedo y Belmonte de Miranda, para atender las demandas se asignan 0,49 hm3/año de los recursos superficiales (Río Pigüeña) y de los recursos de las masas de agua subterránea Eo-Navia-Narcea y Somiedo-Trubia-Pravia que utilizan actualmente.

6. Para atender las demandas agrarias se asignan 19,78 hm3/año, de los recursos procedentes del río Narcea y sus afluentes.

7. Para atender las demandas de la Central Térmica Soto de la Barca estimadas en 174,65 hm3/año, se asignan los recursos procedentes del Embalse de La Barca en el río Narcea.

8. Para atender las demandas industriales se asignan 0,41 hm3/año procedentes de recursos superficiales y subterráneos.

Río Caudal.

9. Se asigna a Lena para atender las demandas 1,66 hm3/año de los recursos superficiales (Río Pajares, Río Huerna) y recursos de la masa de agua subterránea Cuenca Carbonífera Asturiana que actualmente utiliza.

10. Se asigna a Aller para atender las demandas 1,88 hm3/año de los recursos superficiales (Río Aller) y recursos de las masas de agua subterránea Cuenca Carbonífera Asturiana y Región de Ponga que actualmente utiliza.

11. Se asigna a Mieres para atender las demandas 7,28 hm3/año de los recursos superficiales (Río Aller) y recursos de la masa de agua subterránea Cuenca Carbonífera Asturiana que actualmente utiliza.

12. Se asigna a Riosa para atender las demandas 0,35 hm3/año de los recursos superficiales (Río Riosa) y recursos de la masa de agua subterránea Somiedo-Trubia-Pravia que actualmente utiliza.

13. Se asigna a Morcín para atender las demandas 0,48 hm3/año de los recursos superficiales (Río Morcín) y recursos de la masa de agua subterránea Somiedo-Trubia-Pravia que actualmente utiliza.

14. Se asigna a Ribera de Arriba para atender las demandas 0,26 hm3/año de los recursos subterráneos de la masa de agua subterránea Somiedo-Trubia-Pravia regulados en el Embalse de Alfilorios que le suministra Oviedo y que actualmente utiliza.

15. Para atender las demandas agrarias se asignan 1,11 hm3/año, de los recursos del río Caudal y sus afluentes.

16. Para atender las demandas industriales se asignan 0,15 hm3/año procedentes de recursos superficiales.

17. Para atender las demandas de la Central Térmica La Pereda estimadas en 1,05 hm3/año, se asignan los recursos procedentes del Río Caudal.

Alto Nalón.

18. Se asigna a Laviana para atender las demandas 1,59 hm3/año de los recursos superficiales del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA y recursos de las masas de agua subterránea Cuenca Carbonífera Asturiana y Región de Ponga que actualmente utiliza.

19. Se asigna a San Martín del Rey Aurelio para atender las demandas 2,04 hm3/año de los recursos superficiales del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA y recursos de las masas de agua subterránea Cuenca Carbonífera Asturiana y Región de Ponga que actualmente utiliza.

20. Se asigna a Langreo para atender las demandas 5,52 hm3/año de los recursos superficiales (Río Nalón) y recursos de las masas de agua subterránea Cuenca Carbonífera Asturiana y Región de Ponga que actualmente utiliza.

21. A los municipios de Caso y Sobrescobio, para atender las demandas se asignan 0,47 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Región de Ponga que utilizan actualmente.

22. Para atender las demandas agrarias se asignan 3,17 hm3/año, de los recursos del río Nalón y sus afluentes.

23. Para atender las demandas industriales, estimadas en 0,50 hm3/año, se asignan los recursos procedentes del Río Nalón.

24. Para atender las demandas de las Centrales Térmicas Lada y Soto de Ribera estimadas en 128,72 hm3/año, se asignan los recursos procedentes del Río Nalón.

Ríos Nora y Noreña.

25. Se asigna a Siero para atender las demandas 8,04 hm3/año de los recursos superficiales del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA y recursos de las masas de agua subterránea Llantones-Pinzales-Noreña, Oviedo-Cangas de Onís y Somiedo-Trubia-Pravia que actualmente utiliza.

26. Se asigna a Noreña para atender las demandas 0,86 hm3/año de los recursos superficiales del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA y recursos de las masas de agua subterránea Oviedo-Cangas de Onís y Somiedo-Trubia-Pravia que actualmente utiliza.

27. Se asigna a Llanera para atender las demandas 2,21 hm3/año de los recursos superficiales del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA y recursos de las masas de agua subterránea Oviedo-Cangas de Onís y Somiedo-Trubia-Pravia que actualmente utiliza.

28. Se asigna a Oviedo para atender las demandas 28,63 hm3/año de los recursos superficiales (Río Lindes), los recursos de las masas de agua subterránea Peña Ubiña-Peña Rueda (Manantial Cortes, Manantial Fuentes Calientes) y Somiedo-Trubia-Pravia (Manantial Llamo, Manantial Code), los regulados por el Embalse de Alfilorios (Excedentes de los ríos Lindes, Riosa y Morcín y regulados de la cuenca del Río Barrea y Mortera) y del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA que actualmente utiliza.

29. Al municipio de Sariego para atender las demandas se asignan 0,22 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos subterráneos que utiliza actualmente.

30. Para atender las demandas agrarias se asignan 0,43 hm3/año, de los recursos disponibles.

31. Para atender las demandas industriales estimadas en 3,13 hm3/año se asignan los recursos procedentes del Río Nalón.

Ríos Trubia, Cubia y medio Nalón.

32. A los municipios de Quirós, Teverga, Proaza y Santo Adriano para atender las demandas se asignan 0,76 hm3/año de los recursos superficiales (Río Trubia) y de los recursos de la masa de agua subterránea Somiedo-Trubia-Pravia que utilizan actualmente.

33. Al municipio de Yermes y Tameza para atender las demandas se asignan 0,03 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos subterráneos que utiliza actualmente.

34. Se asigna a Grado para atender las demandas 1,94 hm3/año de los recursos superficiales (Río Menéndez, Río Cubia) y de los recursos de la masa de agua subterránea Somiedo-Trubia-Pravia que actualmente utiliza.

35. Se asigna a Las Regueras para atender las demandas 0,28 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Somiedo-Trubia-Pravia que actualmente utiliza.

36. Se asigna a Candamo para atender las demandas 0,47 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Somiedo-Trubia-Pravia que actualmente utiliza.

37. Para atender las demandas agrarias se asignan 1,76 hm3/año, de los recursos disponibles.

Bajo Nalón y zona costera.

38. Se asigna a Pravia para atender las demandas 1,09 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos de las masas de agua subterránea Eo-Navia-Narcea y Somiedo-Trubia-Pravia que actualmente utiliza.

39. Se asigna a Soto del Barco para atender las demandas 0,77 hm3/año de los recursos superficiales, de los recursos de las masas de agua subterránea Eo-Navia-Narcea y Somiedo-Trubia-Pravia y del Río Narcea (Canal del Narcea) que actualmente utiliza.

40. Se asigna a Muros de Nalón para atender las demandas 0,30 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Eo-Navia-Narcea que actualmente utiliza.

41. Se asigna a Castrillón para atender las demandas 3,31 hm3/año de los recursos superficiales, de los recursos de la masa de agua subterránea Somiedo-Trubia-Pravia y del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA que actualmente utiliza.

42. Se asigna a Illas para atender las demandas 0,19 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Somiedo-Trubia-Pravia que actualmente utiliza.

43. Se asigna a Corvera de Asturias para atender las demandas 3,09 hm3/año de los recursos superficiales, de los recursos de la masa de agua subterránea Somiedo-Trubia-Pravia y del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA que actualmente utiliza.

44. Se asigna a Avilés para atender las demandas 11,83 hm3/año de los recursos superficiales (Río Magdalena, de los recursos de la masa de agua subterránea Somiedo-Trubia-Pravia, del Río Narcea (Canal del Narcea) y del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA que actualmente utiliza.

45. Se asigna a Gozón para atender las demandas 2,01 hm3/año de los recursos superficiales, de los recursos de la masa de agua subterránea Candás y del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA que actualmente utiliza.

46. Se asigna a Carreño para atender las demandas 1,29 hm3/año de los recursos superficiales, de los recursos de la masa de agua subterránea Candás y del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA que actualmente utiliza.

47. Se asigna a Gijón para atender las demandas 33,05 hm3/año de los recursos superficiales, los recursos de las masas de agua subterránea Región de Ponga (Manantial Los Arrudos, Manantial Perancho), Llantones-Pinzales-Noreña (Manantial Llantones), Villaviciosa y del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA que actualmente utiliza.

48. Para atender las demandas agrarias se asignan 0,50 hm3/año, de los recursos disponibles.

49. Para atender las demandas industriales se han asignado los recursos del siguiente modo: 1,25 hm3/año de los recursos procedentes del Río Nalón regulados en los embalses de Tanes y Rioseco que suministra CADASA, 34,15 hm3/año de los recursos procedentes del Río Narcea (Canal del Narcea) regulados en el Embalse de Trasona y 22,42 hm3/año de los recursos procedentes del Río Narcea (Canal del Narcea) regulados en el Embalse de San Andrés de los Tacones y del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-06-09.

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