Artículo 22. Asignación de recursos en el sistema Esva.
Artículo 22 del Real Decreto 399/2013, de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental. · BOE-A-2013-6077
Atención: Real Decreto 399/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Se asigna a Valdés para atender las demandas 2,26 hm3/año de los recursos superficiales (Arroyo de las Rubias, Río Negro, Río Carlangas, Arroyo del Forcón, Río Mallene) y recursos de la masa de agua subterránea Eo-Navia-Narcea que actualmente utiliza.
2. Se asigna a Cudillero para atender las demandas 1,04 hm3/año de los recursos superficiales (Río Sangreña, Arroyo Piñera) y recursos de la masa de agua subterránea Eo-Navia-Narcea que actualmente utiliza.
3. Para atender las demandas agrarias se asignan 0,56 hm3/año, de los recursos del sistema.
4. Para atender las demandas industriales se asignan 0,87 hm3/año procedentes de los recursos superficiales y subterráneos del sistema.
5. Para atender las demandas para usos recreativos se asignan 0,17 hm3/año, de los recursos del sistema.