Artículo 24. Clases de empresas turísticas.
Artículo 24 de la Ley 7/2001, de 22 de junio, de Turismo. · BOE-A-2001-16538
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-07-07.
Texto consolidado
Las empresas turísticas pueden ser:
a) De alojamiento turístico.
b) De restauración.
c) De intermediación.
d) De turismo activo.
e) Cualesquiera otras que presten servicios turísticos y que reglamentariamente se clasifiquen como tales.