Artículo 24. Composición del Consejo de protección civil de Aragón.
Artículo 24 de la Ley 4/2024, de 28 de junio, del Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón. · BOE-A-2024-15350
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-07-12.
Texto consolidado
1. El Consejo de protección civil de Aragón se adscribe al departamento competente en materia de protección civil.
2. Su composición, organización y funcionamiento se determinará reglamentariamente, atendiendo a que estén representados el sector público estatal, el sector público autonómico y el sector público local.