El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 23. Labor de coordinación.

Artículo 23 del Real Decreto 815/2018, de 6 de julio, por el que se establecen disposiciones de aplicación relativas a la clasificación de las canales de vacuno y ovino y al registro y comunicación de los precios de mercado de determinadas categorías de canales y animales vivos. · BOE-A-2018-9463

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-07-11.

Texto consolidado

1. El asesoramiento y la coordinación en materia de clasificación de canales de vacuno se desarrollará en el seno de la Mesa de Coordinación de Clasificación de Canales y Precios conforme a lo establecido en el artículo 11 del Real Decreto 814/2018, de 6 de julio, por el que se establecen disposiciones de aplicación relativas a la clasificación de las canales de porcino.

2. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación organizará periódicamente jornadas con el fin de poner en común experiencias y conocimientos prácticos a las que asistirán los responsables del control de clasificación de cada autoridad competente y los miembros del Comité establecido en el artículo 24 de este real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-07-11.

Más artículos de Real Decreto 815/2018

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 815/2018 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.