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Ley Vigente

Artículo 23.

Artículo 23 de la Ley 14/1986, de 26 de diciembre, sobre régimen de elecciones a la Junta General del Principado de Asturias. · BOE-A-1987-3910

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-02-02.

Texto consolidado

1. Las candidaturas presentadas y las candidaturas proclamadas de todas las circunscripciones electorales se publicarán en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» y de la provincia y, además, serán expuestas en los locales de la Junta Electoral del Principado de Asturias.

2. Las candidaturas presentadas serán publicadas el vigésimo segundo día posterior a la convocatoria.

3. Dos días depués, la Junta Electoral del Principado de Asturias comunicará a los representantes de las candidaturas, las irregularidades apreciadas en ellas de oficio o denunciadas por otros representantes. El plazo para subsanación será de cuarenta y ocho horas.

4. La Junta Electoral del Principado de Asturias realizará la proclamación de candidaturas el vigésimo séptimo día posterioa a la convocatoria, procediendo, al día siguiente, a su publicación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1987-02-02.

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