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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 23. Créditos de pago para intereses y amortización de la Deuda Pública.

Artículo 23 del Decreto Legislativo 1/2011, de 24 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario de Euskadi y se regula el régimen presupuestario aplicable a las fundaciones y consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. · BOE-A-2011-11706

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-06-29.

Texto consolidado

Los créditos de pago destinados a satisfacer los intereses y la amortización de la Deuda Pública de la Administración de la Comunidad Autónoma, de sus Organismos Autónomos Administrativos y de los Consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de los respectivos presupuestos y podrán ser modificados por el Gobierno a propuesta del Departamento competente en materia de presupuestos, dando cuenta a la Comisión de Economía, Hacienda y Presupuestos del Parlamento Vasco con el fin de ajustarse a las condiciones de su emisión o de su conversión efectuada de acuerdo con la normativa vigente al respecto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-06-29.

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