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Ley Vigente

Artículo 22. Medio ambiente.

Artículo 22 de la Ley 6/2007, de 4 de abril, de Juventud de la Región de Murcia. · BOE-A-2008-12528

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-06-22.

Texto consolidado

Las políticas de medio ambiente dirigidas a los jóvenes de la Región de Murcia tendrán por objeto la educación y la sensibilización para la protección y el uso sostenible de los recursos naturales y el mantenimiento y mejora de la calidad de vida, elevando el grado de compromiso de la población joven de la Región de Murcia en la consecución de los objetivos de la política medioambiental.

Para ello, las consejerías competentes en materia de medio ambiente, educación y juventud promoverán, entre otras, las siguientes medidas:

Actuaciones específicas de conocimiento de la naturaleza y de valoración del patrimonio natural como fuente de contacto de la población joven con su entorno.

Fomento y apoyo a las asociaciones juveniles de carácter medioambiental.

Programas destinados al conocimiento de espacios naturales y al uso responsable de sus instalaciones por parte de la población joven.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-06-22.

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