Artículo 22. Reincorporación del personal de administración general con dispensa por realización de funciones sindicales.
Artículo 22 del Decreto-ley 4/2020, de 2 de abril, de medidas extraordinarias de carácter económico, financieras, fiscal y administrativas para afrontar la crisis provocada por el COVID-19. · BOC-j-2020-90088
Atención: Decreto-ley 4/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La reincorporación del personal que cuente actualmente con dispensa de asistencia al puesto de trabajo por ejercicio de funciones sindicales, que venga motivada por el desempeño de funciones relacionadas con la ejecución de las medidas adoptadas por el Gobierno de Canarias ante la situación generada por el COVID-19, no implicará el cese del personal sustituto.
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