Artículo 21. Enumeración y designación.
Artículo 21 del Real Decreto 352/2025, de 30 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de la Arquitectura Técnica y de su Consejo General. · BOE-A-2025-9151
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-05-11.
Texto consolidado
1. Los cargos directivos del Consejo General serán los de Presidencia, Vicepresidencia, Secretaría General, Vocalía de Asuntos Económicos y Vocalías de la Comisión Ejecutiva. Por vía de Reglamento de Régimen Interior se regulará la figura de las personas responsables de los servicios técnicos y administrativos de la Corporación que en su caso se acordaren por los órganos competentes.
2. Todos los cargos, a excepción de la propia Presidencia, serán designados por la Presidencia, teniendo siempre la facultad de cesar y sustituirles, debiendo en tal caso proceder a la designación del o de las personas sustitutas dentro de los treinta días naturales siguientes a aquel en que tomara efecto el cese. De la sustitución realizada se dará cuenta inmediata por la Presidencia a la Comisión Ejecutiva y a la Asamblea General, debiendo ésta ratificar los nuevos nombramientos.
3. En la designación de los cargos directivos se garantizará que los miembros del sexo menos representado ocupen como mínimo el cuarenta por ciento de los puestos, salvo que existan razones objetivas y debidamente fundadas, y siempre que se adopten medidas para alcanzar el porcentaje mínimo establecido, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, así como en la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, y en la Ley 2/1974, de 13 de febrero.
La persona responsable de la coordinación en materia de igualdad se encargará de supervisar las condiciones de aplicación de la excepción a las que se refiere el párrafo anterior, así como las medidas a adoptar para alcanzar el porcentaje mínimo establecido.