Artículo 21. Régimen de contratación.
Artículo 21 de la Ley 8/2001, de 15 de octubre, de regulación del Servicio Público de Atención de Llamadas de Urgencia y de Creación de la Entidad Pública "112 Asturias". · BOE-A-2001-22767
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-10-21.
Texto consolidado
1. El régimen de contratación de «112 Asturias» será el previsto en la legislación básica de contratos de las Administraciones públicas para las entidades de derecho público con personalidad jurídica propia.
2. El Presidente de la entidad será el órgano de contratación.