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Ley Derogada

Artículo 21. De la Comisión de Secretarios Generales Técnicos.

Artículo 21 de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears. · BOE-A-2001-7026

Atención: Ley 4/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Gobierno podrá crear la Comisión de Secretarios Generales Técnicos como el órgano colegiado encargado de preparar las deliberaciones y los acuerdos del Consejo de Gobierno. Un Decreto regulará su funcionamiento, su composición, su Presidencia y su Secretaría.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-03-16.

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