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Ley Vigente

Artículo 21. Escuela de Asturianía.

Artículo 21 de la Ley 2/2018, de 23 de marzo, de los asturianos en el exterior y del reconocimiento de la asturianía. · BOE-A-2018-5998

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-05-06.

Texto consolidado

Anualmente, la Administración del Principado de Asturias, siempre que sus disponibilidades presupuestarias lo permitan, organizará la Escuela de Asturianía como espacio de encuentro y formación de los asturianos socios de las comunidades asturianas con reconocimiento de asturianía en todos aquellos aspectos que favorezcan el cumplimiento de los fines previstos en esta ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-05-06.

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