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Ley Vigente

Artículo 21. El director o la directora general del Ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears.

Artículo 21 de la Ley 15/2010, de 22 de diciembre, del Ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears. · BOE-A-2011-2107

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-07-01.

Texto consolidado

El director o la directora general ejerce con carácter permanente las funciones de administración y representación del ente así como la dirección ejecutiva y ordinaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-07-01.

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