Artículo 21. Formación e información de los padres.
Artículo 21 de la Ley 1/1997, de 7 de febrero, de Atención Integral a los Menores. · BOE-A-1997-5498
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-02-18.
Texto consolidado
Las Administraciones Públicas canarias facilitarán a quienes ejerzan o puedan ejercer funciones parentales los medios de formación e información precisos para el adecuado cumplimiento de sus responsabilidades y el efectivo respeto a los derechos de los menores.