El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 20. Excepción para las cooperativas.

Artículo 20 del Real Decreto 969/2014, de 21 de noviembre, por el que se regula el reconocimiento de las organizaciones de productores, la extensión de las normas, las relaciones contractuales y la comunicación de información en el sector del tabaco crudo. · BOE-A-2014-12101

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-11-23.

Texto consolidado

En el caso de que un productor entregue el tabaco crudo a una cooperativa de la que es socio, no será necesaria la formalización por escrito de un contrato individualizado, siempre que los estatutos o acuerdos de la cooperativa establezcan, con carácter previo a la entrega del tabaco, disposiciones con efectos similares a las recogidas en el artículo anterior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-11-23.

Más artículos de Real Decreto 969/2014

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 969/2014 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.