Artículo 20. Objetivos.
Artículo 20 del Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales. · BOE-A-2003-13981
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-01.
Texto consolidado
El objetivo de esta línea de ayuda es cofinanciar la ejecución de proyectos que tengan por objeto la modernización de la Administración local a través de la utilización de tecnologías de la información con las finalidades siguientes:
a) La mejora de los servicios de gestión y atención dirigidos al ciudadano.
b) La simplificación de los procedimientos y su integración con los de respon-sabilidad estatal y autonómica.
c) Instrumentalmente, la mejora de las infraestructuras tecnológicas y de comunicaciones precisas para el cumplimiento de las finalidades señaladas en los párrafos anteriores.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2005-18266.